Deciros primeramente que este tema corresponde a cada legislacion de cada comunidad, que dirá una cosa distinta, en mi caso os describo la de Extremadura.
LEY 2/2011, de 31 de enero, de desarrollo y modernización del turismo de Extremadura. DOE nº 22 del Miércoles, 2 de febrero de 2011
Artículo 66. Otras modalidades de acampada.
1. Se entiende por acampada toda actividad de permanencia al aire libre, con ánimo de pernoctar, fuera de los supuestos de campamentos, zonas de acampada de titularidad pública y de la acampada provisional para eventos, mediante la utilización de tiendas de campaña, caravanas, albergues móviles u otros medios para guarecerse, realizada con finalidad turística.
Explicacion:
La definición es todo el párrafo anterior entero, para considerarse acampada si no cumplimos algun dato no es acampada y por lo tanto no deberían multarnos, por que toda actividad de permanencia al aire libre, con ánimo de pernoctar
En esto se basa la Guardia Civil para multarnos simplemente por estar en el campo, sea de noche o de dia, estemos en el coche o con biwy o refugio, solo con la bed-chair, etc....
Sin embargo la definición no es solo eso, incluye esto: la utilización de tiendas de campaña, caravanas, albergues móviles u otros medios para guarecerse
Si no disponemos de medios para guarecernos, cuando dormimos al raso solo con la bed-chair y a pesar de ello nos intentan multar, se puede alegar en ese momento esto a la Guardia Civil en el momento que nos vallan a multar para intentar librarnos de ella o bien ya en el pliego de descargo tras recibir la multa.
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